lunes, 16 de junio de 2014

4.- Reducción y exención del pago de las multas


4.- Reducción y exención del pago de las multas.

Ley de Empleo. Reducción de las multas. Improcedencia.-

Para eximir al empleador de las multas que establece la ley de empleo, no es suficiente

que haya contestado la intimación formulada por el trabajador. Sino que es necesario

que proceda a la correcta inscripción del dependiente y establezca la real fecha de

ingreso o el verdadero monto de las remuneraciones. Si no lo hizo, tal como quedó

demostrado en este caso concreto, no procede la exención de las multas en cuestión.

CNAT Sala VII Expte N° 23277/93 Sent. 26729 del 2/4/96 “Álvarez, Aníbal c/Electrona

SRL s/ despido” (Ruiz Díaz - Boutigue)

 

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