4.-
Reducción y exención del pago de las multas.
Ley de
Empleo. Reducción de las multas. Improcedencia.-
Para eximir al empleador
de las multas que establece la ley de empleo, no es suficiente
que haya contestado la
intimación formulada por el trabajador. Sino que es necesario
que proceda a la correcta
inscripción del dependiente y establezca la real fecha de
ingreso o el verdadero
monto de las remuneraciones. Si no lo hizo, tal como quedó
demostrado en este caso
concreto, no procede la exención de las multas en cuestión.
CNAT Sala
VII Expte N° 23277/93 Sent. 26729 del 2/4/96 “Álvarez, Aníbal c/Electrona
SRL s/
despido” (Ruiz Díaz - Boutigue)
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