miércoles, 11 de junio de 2014

Ley de Empleo. Requisitos del art. 11. Condición para la procedencia


Ley de Empleo. Requisitos del art. 11. Condición para la procedencia de las

indemnizaciones de los arts. 9 y 10 de dicho cuerpo legal.

Las intimaciones previstas en el art. 11 de la ley 24.013, a los fines de percibir las

indemnizaciones contempladas en los arts. 9 y 10 de la misma normativa, deben efectuarse

de acuerdo a lo que surge del inc. 1° del art. 3 de l dec. Reg. 2.725/91 estando vigente la

relación laboral.

CNAT Sala V, Expte. N° 31.298/07 Sent. Def. N° 72.354 del 10/0 6/2010 “Pometti, Luis

Alberto c/Oracle Argentina SA s/despido”. (Zas – García Margalejo).

 

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