jueves, 12 de junio de 2014

Ley de Empleo. Requisitos art. 11. Ausencia de intimación fehaciente


Ley de Empleo. Requisitos art. 11. Ausencia de intimación fehaciente.

Si bien de los términos del colacionado remitido por el actor (acompañado por ambas

partes y transcripto en la demanda) surge que denunció los datos correspondientes al

vínculo laboral, lo cierto es que en dicha comunicación no requirió expresamente la

modificación del registro según aquéllos, resultando insuficiente a tales efectos, la mera

inclusión de la sigla “LNE” en el apercibimiento genérico allí formulado, no

configurándose la intimación fehaciente requerida por el art. 11 inc. a) de la ley de

mención. Por otra parte, en la causa no se acreditó el envío de la copia del requerimiento

a la AFIP en el plazo de 24 horas siguientes a la remisión del emplazamiento a la

empleadora. Circunstancias todas ellas que obstan al progreso de las multas de la LNE.

CNAT Sala IV Expte N° 28.454/09 Sent. Def. N° 95.313 del 18/4/2 011 « Battaglia,

Francisco c/Empresa Distribuidora Sur S.A. Edesur S.A y otro s/despido” (Marino –

Guisado).

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