miércoles, 11 de junio de 2014

Ley de Empleo. Requisitos art. 11. Errónea invocación de la norma. Procedencia de la multa del art. 9.


Ley de Empleo. Requisitos art. 11. Errónea invocación de la norma. Procedencia de

la multa del art. 9.

Es procedente la indemnización del art. 9 de la ley 24.013 por la tardía registración

laboral ya que la trabajadora cursó la intimación fehaciente y la notificación a la AFIP

exigidas por el art. 11 de la ley citada y se verificó la incorrecta registración de la fecha

de ingreso. La errónea invocación de la norma aplicable al caso en el escrito de

demanda no empece a la admisión de la pretensión, en tanto los hechos fueron

claramente alegados por la parte, con clara garantía del derecho de defensa de la

contraria, circunstancia que habilita su calificación normativa por parte del juzgador (“iura

novitcuria”).

CNAT Sala X Expte N° 43.916/09 Sent. Def. N° 18.409 del 18/4/2 011 « Raff, Carol
Yanina c/ Telefónica de Argentina S.A. s/despido” (Stortini – Corach).

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.