lunes, 16 de junio de 2014

Ley de Empleo. Indemnización del art. 15. Procedencia.


Ley de Empleo. Indemnización del art. 15. Procedencia.

La falta de cumplimiento de la exigencia prevista en el art. 11 inc. b) de la ley 24013

(agregada por el art. 47 de la ley 25345) sólo puede traer como consecuencia la pérdida

del derecho a obtener cualquiera de las multas previstas en los arts. 8, 9 o 10 de la ley

citada, pero en modo alguno obsta a la procedencia de la duplicación a que alude el art.

15 de dicha ley, en tanto –como sucede en el caso- se hubiera cursado la intimación

dirigida al empleador, de manera plenamente justificada.

CNAT Sala X Expte N° 8297/01 Sent. Def. N° 10.787 del 27/6/02 “ Milessi, Alfredo c/ TEB

SRL y otros s/ despido” (Scotti - Corach)

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