Ley de
Empleo. Indemnización del art. 15. Requisitos. Intimación al empleador.
Dispensa
de remitir copia a la AFIP.
La remisión de la copia de
la intimación al empleador, a la AFIP (art. 11 de la Ley de
Empleo) no resulta
exigible para la multa del art. 15 de la Ley de Empleo, dado que la
misma no se encuentra
comprendida en la enumeración introducida por el art. 47 de la
ley 25345 que sólo alcanza
a los arts. 8, 9 y 10, pero en modo alguno obsta a la
duplicación a que alude el
citado art. 15 siempre y cuando se hubiera cursado la
intimación dirigida al
empleador de manera plenamente justificada. Tal fue lo resuelto por
la CSJN in re “Di Mauro,
Jorge c/ Ferrocarriles Metropolitanos A y otros s/ despido” del
31/5/05.
CNAT Sala I Expte N° 34.675/02 Sent. Def. N° 83.115
del 13/10/0 5 “Blascetta, Rita c/
Ryaco SA
s/ despido” (Pirroni - Puppo)
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