Ley de
Empleo. Indemnización del art. 15. Exclusión del concepto vacaciones
proporcionales.
No resulta procedente, a
los fines de la indemnización establecida por el art. 15 de la
L.N.E, la petición de la
actora para que se duplique el concepto vacaciones
proporcionales, ya que
dicho concepto no es debido como consecuencia del despido,
sino que procede
cualquiera sea el modo de extinción de la relación laboral.
CNAT Sala I Expte N° 26.334/02 Sent. Def. N° 81.921
del 20/8/04 “Álvarez Fernández,
Modesta
c/ Faciano, Sergio y otro s/ despido” (Pirroni - Puppo)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.