Ley de
Empleo. Incumplimiento del art. 11. Improcedencia multas.
Carece de importancia que
se encuentre acreditada o no la incorrecta registración de la
fecha de ingreso y la
remuneración cuando la accionante no dio cumplimiento con lo
previsto por el art. 11 de
la ley 24.013. Ello, debido a que si bien intimó a su empleadora
por la regularización del
vínculo, recién procedió a remitir la comunicación
correspondiente a la AFIP
con posterioridad a los treinta días de haber efectuado aquél
requerimiento,
circunstancia que no condice con lo dispuesto en la norma mencionada.
CNAT Sala VII Expte N° 27.652/09 Sent. Def. N° 43.546
del 29/4/2 011 « Bazán, Eliana
Lorena c/
Jedvabnik, Patricia Silvia y otro s/despido » (Ferreirós – Rodríguez Brunengo).
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