Ley de
Empleo. Deficiencias registrales. Principio iura novit curia. Procedencia.
Si bien el accionante no
reclamó específicamente la multa del art. 1 de la ley 25.323 sino
las propias de la ley
24.013, las circunstancias fácticas que brindan fundamento a
ambos regímenes
sancionatorios del trabajo clandestino son análogas, por lo que
resultó correcta la
aplicación del principio iura novit curia, efectuada por el sentenciante
de grado, iluminando así
el caso verificado -contrato de trabajo clandestino- con la otra
regla legal de posible
aplicación (art. 1 ley 25.323), cuya extensión y modalidad no fue
cuestionada.
(Del voto del Dr. Maza, en mayoría).
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.