Ley de
Empleo. Requisitos del art, 11. Reforma de la ley 25.345. Improcedencia de
su
aplicación retroactiva.
Si bien es cierto que el
art. 47 de la ley 25.345 incorporó a las exigencias previstas en el
art. 11 de la ley 24.013,
la de remitir copia del requerimiento a la AFIP, dentro de las 24
horas hábiles siguientes,
no puede soslayarse que tal modificación no puede aplicarse
retroactivamente a
cuestiones anteriormente suscitadas, por lo que habiendo
cumplimentado la
recurrente las demás exigencias legales requeridas, vigentes al tiempo
de los hechos, debe
progresar la multa prevista por el art. 8 de la ley 24013.
CNAT Sala II Expte N° 25.082/01 Sent. Def. N° 90.710
del 17/7/0 2 “Franco, Norma c/
Betman,
Daniel y otro s/ despido” (González - Rodríguez)
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