Ley de
Empleo. Requisitos art. 11. Procedencia multa art. 8.
Dado que el telegrama
acompañado por la parte actora presenta visos de autenticidad,
circunstancia que no fue
controvertida ni desvirtuada en la causa; que el instrumento
cuenta con el respectivo
sello de la oficina de correo y resulta coincidente con el texto
remitido a la accionada
(el que fuera reconocido en autos) y, puesto que en caso de
duda en la resolución de
este tipo de incidencia corresponde volcar el resultado de la
apreciación a favor del
trabajador, conforme lo dispuesto por el art. 9 LCT, cabe
condenar a la demandada al
pago de la multa del art. 8 de la ley 24.013.
CNAT Sala VI Expte N° 46.334/09 Sent. Def. N° 62.840
del 29/4/2 011 « Vera, Antonio
Eduardo
c/Converso, Andrés Genaro y otro s/ despido” (Fernández Madrid – Raffaghelli).
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